Solicitudes Presentadas
Benefíciate de las ayudas para Pymes y autónomos de los Fondos Next Generation EU. Te estás planteando aplicar al programa Kit Digital ¿pero no sabes por dónde empezar?
En Inmotech te guiamos y acompañaremos en todo el proceso de implementación de soluciones digitales
¡Aprovecha la oportunidad de reimpulsar tu empresa y benefíciate del Kit Digital!
El programa Kit Digital son una serie de ayudas económicas impulsadas por el Gobierno de España y los Fondos Next Generation EU dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia dirigidos a pymes con el objetivo de fomentar su digitalización.
Calle Cifuente n5 (Contenedor 14), 28021 Madrid
IMPORTANTE: PLAZAS LIMITADAS HASTA LA FINALIZACIÓN DE LOS FONDOS. CONVIENE DARSE PRISA EN LA SOLICITUD
Tu escaparate atraerá la atención de los transeúntes y atraerá a más compradores y vendedores potenciales en un abrir y cerrar de ojos
Convierte tu escaparate en un Avanzado Sistema, Tus clientes podrán ver tus inmuebles con todo lujo de detales, En cualquier idioma y gracias a su QR llevarse la información son sigo
Gracias a las estadísticas , recibes información valiosa, podrás analizar que inmuebles son los vas vistos, que horarios son los más activos, Como un Google Analytics de la parte virtual y real de tu negocio
Una Web profesional, Conectada directamente con tu CRM, Preparada para multi dispositivos, con el SEO Optimizado, por que Pagar más si ya lo tienes integrado
Accede de un vistazo a todos los datos del cliente con una interfaz fácil e intuitiva. Así podrás tener una mejor experiencia en la gestión de tus clientes
Lista tus inmuebles con herramientas de filtrado avanzadas. Además, podrás ver de un vistazo los detalles más importantes. Añadir recordatorios, adjuntar partes de visitas y mucho mas
*El paquete completo con las empresas del Segmento I (10 a >50 empleados) y Segmento II (3 a >10 empleados. Las empresas pertenecientes al Segmento III (0 a >3 empleados) tienen una reducción
El importe de las ayudas depende de la dimensión (segmento) de cada empresa inmobiliaria y de las soluciones de digitalización adquiridas
Hemos facilitado todo el proceso burocrático de la solicitud de la ayuda. Con Rellenar el siguiente Formulario nos pondremos en contacto contigo ya realizando los primeros pasos para la solicitud de la ayuda
Solicitudes Presentadas
Solicitudes Concedidas
Convenio con Gestgorias e Asesores
Para recibir el bono de la ayuda Kit Digital no hay un plazo estipulado.
Hay que tener en cuenta que tu empresa cumpla con los requisitos para recibir la subvención y que las peticiones que reciben son atendidas por orden de llegada.
Los bonos Kit Digital tienen plazos preestablecidos para su uso:
El plazo de presentación de solicitudes para pedir el bono del Kit Digital será al menos de tres meses desde la publicación de la convocatoria o hasta que se agote el presupuesto asignado.
Debe tener una antigüedad mínima de 6 meses.
NO. Necesariamente se tendrá que utilizar en alguna o varias de las soluciones de Digitalización de entre las 10 establecidas por RED.ES
El beneficiario no recibirá directamente el importe de la ayuda, puesto que será transferida directamente por Red.es al Agente Digitalizador habilitado una vez presente la justificación de la ayuda al finalizar las dos fases de prestación de la solución: (1) un primer pago a cuenta tras la justificación de la primera fase, que corresponde con la implantación de dicha solución y (2) un pago final una vez justificada la segunda fase de la prestación de la solución de digitalización.
Por lo tanto, el beneficiario únicamente tendrá que pagar los impuestos aplicables y el exceso de coste de la solución que no se cubra con el bono digital, en su caso.
El pago de los impuestos del servicio contratado, así como del exceso del coste de la solución de digitalización respecto al importe máximo subvencionable, en su caso, se tendrá que abonar al Agente Digitalizador una vez desarrollada e implementada la solución contratada y con carácter previo a la presentación de la justificación de la fase 1.
El beneficiario deberá registrar en su contabilidad, en un código contable diferenciado, el detalle de todas las transacciones relacionadas con la actividad subvencionada. Asimismo, deberá disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como conservar las facturas y demás justificantes de gasto de valor probatorio equivalente y los correspondientes justificantes de pago y de la aplicación de los fondos recibidos. Este conjunto de documentos constituye el soporte justificativo de la ayuda concedida, garantiza su adecuado reflejo en la contabilidad de los beneficiarios y deberá conservarse durante un plazo mínimo de cuatro (4) años, a contar desde el vencimiento del plazo para justificar la ayuda.
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